TODO SOBRE LA LEY DE LA
SEGUNDA OPORTUNIDAD

Cancela tus deudas y comienza
una nueva vida financiera

1

ESTUDIO PERSONALIZADO

Se comprueba de la mano de un abogado experto en ley concursal si se cumplen los requisitos para acogerse a la ley de la segunda oportunidad.

2

DOCUMENTACIÓN

Se crea un expediente personalizado que acredita la situación de insolvencia del interesado para poder presentarlo en el Juzgado.

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DEMANDA-SOLICITUD

Tutorizado por un abogado especializado en la Ley Concursal, se elabora y presenta la demanda. En ese momento se inicia la fase de concurso. Se tramita en el Juzgado de lo Mercantil de tu província.

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CANCELACION-ELIMINACION DE LAS DEUDAS.

Mediante una Sentencia Judicial se comunica y acredita la exoneración de las deudas. (justificante de que las deudas han sido eliminadas)

¿Qué es la Ley de la Segunda Oportunidad?

La Ley de la Segunda Oportunidad es una ley que permite eliminar hasta el 100% de tus deudas pendientes de manera legal y efectiva. El Gobierno de España diseñó esta ley en el año 2015 con el objetivo de dar una nueva vida a las personas sobre endeudadas.

Dicha ley se conoce popularmente como la Ley de la Segunda Oportunidad, aunque aparece reflejada en el BOE como la Ley 25/2015 tiene varias modificaciones, incluyendo lo aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020.

*La exoneración de las deudas está sujeta al cumplimiento de los requisitos y clausulado de la Ley de Segunda Oportunidad.

LA LEY ES ACTUALIZADA EN EL AÑO 2022 por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la
Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo

¿De verdad puedo cancelar mis deudas legalmente?

Por increíble que te pueda parecer, la respuesta es que sí. Lo primero que hay que tener claro es que esta ley es totalmente real y efectiva.

La Ley de la Segunda Oportunidad se aprobó inicialmente en el año 2015 con el objetivo de rescatar a todas aquellas personas que están atravesando una mala situación económica y no pueden hacer frente a sus deudas. Aunque es en el año 2022, con la última reforma donde se impulsa este mecanismo eliminando muchas de las trabas iniciales.

Antes de la aprobación de esta ley, las deudas sencillamente no podían eliminarse de ninguna forma y dejaban a nuestras espaldas una pesada carga de por vida. Ahora, gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad, se establece un marco legal adecuado para que también los particulares y autónomos de este país puedan eliminar sus deudas y empezar de cero.

Además, ahora la nueva Ley de la Segunda Oportunidad es mucho más sencilla, por lo que eliminar las deudas se ha vuelto más fácil, rápido y económico.

¿Qué deudas puedo cancelar con la Ley de Segunda Oportunidad?

Con la nueva Ley de la Segunda Oportunidad, aprobada en 2022, estas son las deudas que puedes cancelar:

  • Préstamos
  • Tarjetas de crédito
  • Hipotecas
  • Microcréditos
  • Facturas
  • Deudas con proveedores
  • Multas
  • Deudas judiciales
  • Deudas con Hacienda (hasta 10.000€)
  • Deudas con Seguridad Social (hasta 10.000€)

La mayoría de deudas pueden cancelarse parcial o totalmente con esta ley, solamente existen unas pocas excepciones como las multas por infracciones muy graves o la pensión por alimentos entre otras. 

En los casos dónde no es posible es dónde hay que tener más cuidado, y ahí AVERIGUA TUS DEUDAS analiza a través del servicio «averigua tus deudas», si podemos encontrarnos con algún problema.

Si tienes deudas pendientes y quieres saber si puedes cancelarlas con esta ley, lo mejor es que te pongas en contacto con un abogado especialista. Llámanos al (+34) 683-409-755 o (+34) 688-750-078  y revisaremos tu caso gratuitamente y sin compromiso.

¿Se cancelan las deudas para siempre?

Con la nueva Ley de la Segunda Oportunidad, las deudas se cancelan para siempre.

La sentencia judicial te otorga el perdón de las deudas y los bancos y entidades ya no pueden volver a reclamarte el dinero nunca más.

Solamente podrán hacerlo en casos muy justificados durante los 3 primeros años después de la sentencia, como por ejemplo porque demuestren que no cumplías con los requisitos exigidos por la ley o que actuaste de mala fé durante el proceso escondiendo bienes.

Nosotros nos vamos a encargar de velar para que esto no ocurra, dándote todas las indicaciones para proceder de buena fé y cumplir todos los requisitos en todo momento. 

Esta es la seguridad y tranquilidad que da acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad con un despacho de abogados especialistas.

Casos de éxito de la Ley de la Segunda Oportunidad

Muchas personas ya se han beneficiado de esta ley, eliminando sus deudas pendientes. En Abogados para tus deudas contamos con muchos casos de éxito.

Estos son algunos de ellos:

  • Florentina, una vecina de Zaragoza que canceló más de 79.000€ en deudas. Florentina tenía que hacerse cargo de sus 3 hijos y le era imposible llegar a fin de mes. Su situación empeoró cuando llegó la Covid y entró en ERTE, viéndose obligada a pedir más préstamos para seguir pagando.
  • Encarnación, una vecina de Madrid que canceló más de 70.000€ en deudas. Encarnación se había visto obligada a endeudarse poco a poco con préstamos y tarjetas para llegar a fin de mes y mantener a sus hijos. Cancelamos sus deudas y mantuvimos su vivienda en propiedad.
  • Fernando, un vecino de Tenerife que canceló más de 45.000€ en deudas. Fernando se encontró con una situación personal y económica totalmente imprevisible, un divorcio y la enfermedad de su padre. No pudiendo hacer frente a todos los gastos, no tuvo más remedio que endeudarse para seguir adelante.
  • María, una vecina de Bilbao, que por varios créditos que tuvo que sacar mientras se quedó en el paro, pudo eliminar 35.000 euros de deuda y ya no tener su cuenta embargada.
  • Mikel, un vecino de Bilbao, que sufrió una suplantación bancaria, se encontró con un crédito de 25.000 euros que no había pedido, justo una semana después de quedarse en paro. 

Hay muchos más casos, y uno dentro de poco puede ser el tuyo. 

¿Puedo acogerme a la Ley de la Segunda Oportunidad?

A la nueva Ley de la Segunda Oportunidad puede acogerse cualquier particular, autónomo o empresario que cumpla con los requisitos establecidos en la normativa.

¿Quieres saber si cumples con estos requisitos? No te preocupes, llámanos al (+34) 683-409-755 o (+34) 688-750-078 y comprobaremos si puedes acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad.

Soy un particular

La Ley de la Segunda Oportunidad está hecha para aquellos particulares que no pueden hacer frente a sus deudas y necesitan empezar de cero. Si estás pasando por dificultades económicas, sea por el motivo que sea, y quieres cancelar tus deudas, la Ley de la Segunda Oportunidad te puede ayudar. En el caso de los particulares, normalmente hablamos de préstamos bancarios, tarjetas de crédito y microcréditos. Con nuestra ayuda, podrás eliminar hasta el 100% de estas deudas y dejar atrás las listas de morosidad y las llamadas de acoso.

Soy autónomo o empresario

Esta ley se diseñó pensando expresamente en todos aquellos emprendedores que se vieron obligados a cerrar su negocio, dejando por el camino una gran cantidad de deudas pendientes.

También en aquellos autónomos y empresarios que tienen un negocio en activo pero las deudas están empezando a acumularse y quieren ponerle un remedio antes de que la situación empeore.

Para todos estos casos, la Ley de la Segunda Oportunidad funciona como una red de apoyo que permite volver a levantarse y dejar atrás todas esas deudas generadas por nuestro negocio para no tener que cargar con ellas de por vida.

En estos casos normalmente hablamos tanto de deudas públicas (Hacienda, Seguridad Social) como de deudas privadas (préstamos bancarios, proveedores, facturas). Todas estas deudas también pueden cancelarse parcial o totalmente dentro de la Ley de la Segunda Oportunidad.

¿Qué requisitos hay que cumplir para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?

Estos son los requisitos para acogerte a la nueva Ley de la Segunda Oportunidad:

  1. Ser residente en España.
  2. Ser insolvente, es decir, ser incapaz de afrontar el pago de todas las deudas pendientes de forma continuada.
  3. Tener menos de 5 millones de euros en deudas.
  4. Tener 2 o más deudas con diferentes entidades. Pueden ser deudas con bancos, financieras, proveedores, Hacienda, Seguridad Social, etc.
  5. No haberte acogido a la Ley de la Segunda Oportunidad en los últimos 5 años.
  6. No tener infracciones administrativas muy graves, o en todo caso abonarlas antes de solicitar la cancelación de las deudas.
  7. No tener antecedentes penales durante los últimos 10 años por delitos socioeconómicos, de falsedad documental, contra el patrimonio, contra Hacienda y Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores con una condena de más de 3 años. Si tienes alguno de estos antecedentes pero has pagado la multa y has cumplido la pena, puedes cancelar los antecedentes penales y así acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad.

¿Cómo funciona la nueva Ley de la Segunda Oportunidad?

La nueva Ley de la Segunda Oportunidad tiene 3 fases:

  1. Primero reunimos todos los documentos que acreditan tu insolvencia y que cumples con los requisitos que exige la normativa.
  2. Con toda esta documentación, preparamos el expediente y lo enviamos al juzgado para solicitar la cancelación de las deudas. Según tu caso pedimos:
    1. Cancelación total de las deudas.
    2. Cancelación parcial de las deudas con un plan de pagos.
    3. Cancelación parcial de las deudas para salvar tu vivienda habitual, vehículo u otro patrimonio de la liquidación.
  3. El juez recibe el expediente y se lleva a cabo el procedimiento legal hasta la resolución judicial: cancelación definitiva del 100% de las deudas o cancelación parcial con un plan de pagos.

Una vez terminado el proceso de Segunda Oportunidad, si todo se ha llevado a cabo en tiempo y forma adecuada y se cumplen los requisitos, ya no tendrás deudas pendientes.

Esto significa que tu nombre desaparecerá de las listas de morosidad como ASNEF y podrás volver a pedir un préstamo, hipoteca o tarjeta si así lo deseas.

Documentación necesaria para la Ley de la Segunda Oportunidad

Con la nueva Ley de la Segunda Oportunidad, ahora se deben entregar menos documentos al juzgado, por lo que se agiliza mucho más la parte burocrática.

¿Qué documentación hay que recopilar? 

Gran parte de la documentación a entregar tiene el objetivo de justificar tu situación económica, ya que debemos demostrar tu estado de insolvencia.

Por lo tanto, será necesaria toda documentación que tenga validez legal y aporte justificación de tus ingresos, gastos, patrimonio y deudas. Así como aquella documentación que acredite que cumples con los requisitos legales.

La documentación a entregar será distinta en función de cada caso. Por eso es importante estar asesorado por expertos que te ayuden a recopilar toda esta información en menos tiempo y acelerar el proceso.

Hipotecas y Ley de Segunda Oportunidad

Tener una hipoteca no es ningún impedimento a la hora de acogerse a la nueva Ley de la Segunda Oportunidad, pero sí es muy importante tener en consideración esta deuda para enfocar el caso según tus objetivos.

Si tienes una hipoteca, suelen ocurrir estas dos situaciones:

  1. Que estés a la orden del día con tu hipoteca pero tengas otras deudas impagadas. En este caso, lo más habitual es que no quieras deshacerte de la vivienda, ya que está al corriente de pago. Por ese motivo, lo que haremos es dejar la vivienda fuera del proceso e ir a por la cancelación parcial de las deudas. De este modo, se evita la liquidación de tu patrimonio a la vez que se elimina buena parte de la deuda.
  2. Que no puedas hacer frente a la hipoteca ni a tus otras deudas. En estos casos, lo más habitual es que todas estas deudas supongan una pesada losa y prefieras deshacerte de todas ellas. Esto también puede hacerse, eliminando tanto la hipoteca como las otras deudas no hipotecarias.

Dependiendo de cada caso particular y tus objetivos será mejor llevar a cabo unas acciones u otras. Por eso, es importante estar siempre acompañado de un abogado que lleve a cabo la estrategia jurídica más adecuada.

Deudas públicas y Ley de Segunda Oportunidad

Con la nueva Ley de la Segunda Oportunidad, ahora pueden eliminarse tanto 10.000€ con Hacienda como 10.000€ con la Seguridad Social. Es decir, un total de 20.000€ de deudas públicas, además de deudas con ayuntamientos, diputaciones y otros organismos públicos.

Este tipo de deudas siempre habían sido objeto de debate jurídico, y por eso muchas personas no tenían claro si podían eliminarse o no con esta ley. La respuesta es que sí, pueden eliminarse estas deudas. Ahora la nueva Ley de la Segunda Oportunidad lo deja claro y permite eliminar hasta 20.000€ en total.

Índice

¿Quieres saber en 2 minutos si puedes eliminar tus deudas?

Accede a nuestro estudio economico.

Solicitudes de Contratación

SEGUNDA OPORTUNIDAD ECONOMICO DESDE 121 EUROS

Especialmente dirigido a expedientes no complicados, sin bienes y pocos acreedores. 

PAGO UNICO

1800+ IVA (1815)

MODALIDAD PAGO 12 MESES

212 euros / mes (2100 + IVA) (2541)

MODALIDAD PAGO 24 MESES

121 euros / mes. 2400 + IVA (2904)

SEGUNDA OPORTUNIDAD ADAPTADO DESDE 141 EUROS

Especialmente dirigido a expedientes sin bienes o muy poco significativos, con un número superior a 10 acreedores, y que no haya deudas con Administraciones Públicas relevantes.

PAGO UNICO

2200 + IVA (2662)

MODALIDAD PAGO 12 MESES

252 Euros / Mes (2500 + IVA) (3025)

MODALIDAD PAGO 24 MESES

141 Euros / mes (2800 + IVA) (3388)

SOLICITUD SEGUNDA OPORTUNIDAD MANTENIENDO VEHICULO

Contratación de la solicitud de exoneración de las deudas y se quiere mantener el vehículo como elemento de trabajo. 

PAGO UNICO

3100 + IVA (3751)

MODALIDAD PAGO 12 MESES

343 Euros / Mes (3400 + IVA) ( 4114)

MODALIDAD PAGO 24 MESES

187 Euros / Mes (3700+ Iva) (4477)

SOLICITUD SEGUNDA OPORTUNIDAD MANTENIENDO VIVIENDA

Contratación de la solicitud de exoneración de las deudas cuando aún existiendo bienes hay que liquidarlos, incluyendo la liquidación de inmuebles.

PAGO UNICO

4000 + IVA (4840)

MODALIDAD PAGO 12 MESES

434 Euros / mes. (4300 + IVA) ( 5203)

MODALIDAD PAGO 24 MESES

232 Euros / mes (4600 + IVA) (5566)

SOLICITUD SEGUNDA OPORTUNIDAD MANTENIENDO VIVIENDA Y AC

Contratación de la solicitud de exoneración de las deudas cuando no hay bienes ni características fuera de lo normal.

PAGO UNICO

4600 + IVA (5566)

MODALIDAD PAGO 12 MESES

494 Euros / mes. (4900 + IVA) ( 5929)

MODALIDAD PAGO 24 MESES

262 Euros / mes (5200 + IVA) (6292)

SOLICITUD SEGUNDA OPORTUNIDAD COMPLEJO

Contratación de la solicitud de exoneración de las deudas cuando no hay bienes ni características fuera de lo normal.

PAGO UNICO

5300 + IVA (6413)

MODALIDAD PAGO 12 MESES

555 Euros / mes. (5500 + IVA) ( 6655)

MODALIDAD PAGO 24 MESES

297 Euros / mes (5900 + IVA) (7139)

PRIMERA CONSULTA GRATUITA

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